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Históricamente, en España, se ha asumido que una parte importante de la formación profesional de posgrado de los profesionales sanitarios esté financiada y deba sufragarse por las distintas empresas que suministran al sistema de salud fármacos o productos sanitarios.
La insuficiente asignación presupuestaria para este capítulo por parte de las distintas administraciones sanitarias, así como el interés que tienen las empresas en que los profesionales conozcan las últimas novedades terapéuticas, los últimos resultados de los estudios clínicos o los beneficios para la salud de alguna tecnología sanitaria determinada, ha propiciado que durante muchos años se haya creado un ecosistema en el cual los profesionales de la salud demandan formación y asistencia a congresos de su especialidad, las empresas sufragan los gastos derivados de la formación y asistencia y la Administración se ahorra estos costes, que, seguramente, serían en algunos casos inasumibles.
Por lo tanto, si este sistema está funcionando, en principio, a satisfacción de todos los actores, ¿por qué cambiarlo? ¿Qué puede
llevar a las empresas a tomar la iniciativa e introducir nuevas reglas que alteren el presente statu quo?
Lo cierto es que el sector sanitario español constituye una fuente de valor importantísima con cerca de 100 000 millones de euros de facturación, de los cuales 65 000 millones corresponden al consumo originado en la sanidad pública y 35 000 millones al consumo derivado de la sanidad privada. Este sector tiene la característica de estar altamente regulado y eso es así porque el riesgo de caer en delitos de corrupción, sea por acción u omisión, es muy alto. Las empresas del sector tratamos a diario con profesionales sanitarios que tienen la responsabilidad, no solo de elegir o prescribir productos sanitarios, sino que en numerosas ocasiones son responsables directos de la evaluación técnica de los productos en concursos públicos o de introducir un producto determinado en el petitorio de un hospital, y relacionado con ello lanzo algunas cuestiones: ¿Qué consideración podría tener que un profesional sanitario, al cual una empresa hubiese becado recientemente para asistir a un congreso internacional, sea el responsable último de adjudicar un concurso público a dicha empresa? Sin dudar en ningún momento de la integridad de empresas y profesionales sanitarios y aceptando de antemano que una cosa no influye en la otra, lo cierto es que la apariencia del hecho no es la más deseable o, cuando menos, la situación permite sembrar la sombra de la duda. Por este motivo, y ya desde hace tiempo, las empresas del sector cuentan con programas activos que aseguran tanto el cumplimiento normativo como la prevención de la comisión de delitos. Son los llamados programas de corporate compliance o cumplimiento corporativo, y si bien estos programas pueden ser eficaces a nivel empresarial, adolecen de una estructura homogénea que permita delimitar un campo de juego común, donde tanto empresas como operadores sanitarios se encuentren cómodos y seguros.
Por este motivo, la Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (Fenin) aprobó el 20 de diciembre de 2016 su Nuevo Código Ético1. Es este documento un fiel reflejo del Código Ético de la patronal europea Medtech Europe, de la que Fenin forma parte. Las principales novedades del Código con respecto a su antecesor del 2005 son:
• Establecer la utilización exclusiva del patrocinio indirecto en eventos educativos organizado por terceros (por ejemplo, congresos científicos), con el objetivo de que no sean las empresas las que decidan qué profesionales se benefician de la formación enfermera o médica en estos eventos, sino que sean los propios organizadores del congreso o los responsables de los centros
sanitarios donde el profesional desarrolle su labor quienes establezcan qué profesionales deben acudir, aunque el coste lo asuman las empresas del sector de forma anónima.
• Dar transparencia a las aportaciones económicas destinadas por la industria a la formación médica o enfermera en eventos educativos organizados por terceros.
• Regular la formación que imparten directamente las propias empresas, asegurando que el componente científico de las reuniones sea el adecuado y que la hospitalidad sea residual y, en cualquier caso, moderada.
El 1 de enero del año 2018 ha entrado en vigor el nuevo Código Ético del Sector de Tecnología Sanitaria que, como se ha dicho
antes, responde a la voluntad de mejorar el compromiso ético del sector de la tecnología sanitaria y establece un modelo nuevo
en las relaciones entre la industria y los profesionales y organizaciones sanitarios. Como decíamos al inicio de este artículo, somos conscientes de que la formación continuada de los profesionales sanitarios no sería posible sin la colaboración de las empresas del sector de la tecnología sanitaria y lo cierto es que este nuevo Código, que se ha elaborado con la colaboración de las sociedades científicas, permite dar un salto cualitativo en la protección de la formación médica o enfermera independiente gracias al aporte de nuevas medidas de transparencia.
Este reciente código ético sitúa nuevamente al sector sanitario como un sector innovador, preocupado por la ética empresarial y la responsabilidad social, y portador de valor a la sociedad.
Por todo ello, animamos a los profesionales sanitarios a conocer este nuevo Código Ético y a verlo como una oportunidad para continuar su proceso formativo, dentro de un marco ético, transparente y garantista tanto para aquellos que se benefician de las becas formativas como para las empresas que las subvencionan.
JUAN ANTONIO FERREIRO
Vicepresidente de ConvaTec para el sur de Europa Miembro de la Junta Directiva y del Comité Ejecutivo de Fenin
Para acceder al Código Ético de Fenin, visite: http://www.fenin.es/buenas-practicas/documentacion
Ronda Universitat, 33, entresuelo 1º A, 08007 Barcelona.
Tel: (+34) 93 200 80 33
Email: rol@e-rol.es
Whatsapp: +34 660 829 100
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